La solicitud de esta licencia urbanística es el procedimiento mediante el cual, el titular del derecho, solicita a esta Gerencia Municipal de Urbanismo licencia de parcelación, segregación u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo descrita en el apartado "Descripción", siempre y cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.

Información

Según lo dispuesto en el art. 330 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (en adelante LSENPC), en la “Ordenanza Municipal de Edificación 2021” (BOP nº 153, 22-12-2021) y en el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por el Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, se solicitará Licencia Urbanística cuando el objeto sea realizar las siguientes actuaciones: 

Las parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación (se tramitarán mediante instancia específica en el Servicio de Planeamiento y Gestión de este Organismo).

Personas físicas o jurídicas interesadas.

El RD 203/2021 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos.

 

Sede electrónica: https://sede.urbanismosantacruz.es/

 

Oficinas de atención e información ciudadana

Gerencia Municipal de Urbanismo
Avenida Tres de Mayo, 40
38005 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas 

Horario de verano (junio-septiembre):  de lunes a viernes de 8:15 a 13:00 horas

  • D.N.I. / C.I.F y escritura constitución sociedad. En caso de que la solicitud se presente a través de representante, documento acreditativo de la representación que ostenta.
  • En el caso que no se requiera proyecto o documentación técnica con visado colegial, se aportará DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE HABILITACIÓN PROFESIONAL COMO TÉCNICO TITULADO COMPETENTE en la que se indique:

DECLARO bajo mi responsabilidad que:

  • Poseo la titulación indicada en el documento técnico que adjunto a esta comunicación previa.
  • Me encuentro colegiado en el Colegio Profesional correspondiente, siendo este un requisito obligatorio para ejercer mi actividad profesional en virtud de lo dispuesto en el art. 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, en su redacción dada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre.
  • No estoy inhabilitado, ni administrativamente ni judicialmente, para la redacción y firma del trabajo profesional objeto de la presente comunicación previa.
  • En el caso que decida solicitarlos previamente el solicitante o promotor, autorizaciones o Informes Sectoriales pertinentes, en su caso: Consejo Insular de Aguas, Servicio de Carreteras del Cabildo Insular, Metropolitano, Turismo, etc.

(Las intervenciones, en el interior o exterior en edificios y espacios libres incluidos en cualquier categoría de BIC, precisarán de autorización previa del Cabildo Insular, excepto obras en el interior de inmuebles, sin ninguna repercusión en el exterior, posteriores a 1960 o en cambio de uso sin intervención alguna, según Resolución en BOP nº 98, 15/8/2016).

  • Justificante del ingreso de los derechos tributarios que correspondan.
  • Título de dominio sobre las fincas afectadas, en su caso, Nota Simple o Certificación Registral.
  • Proyecto técnico, firmado por personal técnico competente, que incluye como mínimo lo siguiente:
  • Memoria descriptiva y justificativa de las razones de la parcelación y de su característica en función de las determinaciones del Plan sobre el que se fundamente. En ella se describe cada finca original existente –finca matriz- y cada una de las nuevas parcelas –fincas resultantes-, debiéndose hace patente que estas resultan adecuadas para el uso que el Plan les asigna y que, en su caso, son aptas para la edificación.
  • Plano de situación de las fincas originales, señaladas sobre el municipio.
  • Planos de estado actual sobre cartografía oficial municipal, a escala adecuada, donde se señalan las fincas originarias registrales, las edificaciones y arbolado existentes y los usos de los terrenos, debidamente georreferenciados, aportando cuadro de coordenadas UTM.
  • Planos de parcelación, a escala adecuada, sobre cartografía oficial municipal, en las que aparecen perfectamente identificadas cada una de las fincas resultantes y pueda comprobarse que se adecuan al planeamiento aplicable.
  • Ficha descriptiva de cada finca resultante que tiene, al menos, el siguiente contenido: Finca acotada, datos de finca (ubicación, descripción, linderos, superficie, su calidad indivisible indicando (si procede), etc.) datos urbanísticos (planeamiento de aplicación, clase de suelo, área, ámbito, uso, edificabilidad, etc.) otros datos (datos catastrales, datos registrales, titular, etc.). Se adjunta modelo orientativo de ficha descriptiva de parcela resultante.

En relación con la documentación técnica que se deberá entregar para la correcta tramitación de los proyectos parcelación y/o segregación, es necesario que las entregas de documentación cumplan con los siguientes requisitos:

  • La documentación técnica deberá ser entregada en un único archivo electrónico en formato pdf, que deberá ser de fácil consulta, para lo que incorporará los correspondientes marcadores, y estar correctamente estructurado y ordenado. Los planos, o cualquier documento que así lo necesitara, deberán ser generados a pdf teniendo en cuenta los tamaños de hoja y los ajustes exactos de escala, de tal manera que se puedan realizar mediciones e impresiones a escala a partir de los mismos.
  • En el supuesto de tener que entregar más de un archivo pdf, se insertará un documento a modo de índice en el que se describirá toda la documentación que contienen las diferentes carpetas, incorporándose los marcadores necesarios para poder acceder rápidamente a todos y cada uno de los documentos. Este documento índice se presentará en formato pdf, pero sin firmar electrónicamente.
  • La documentación entregada deberá estar firmada electrónicamente por técnico competente, especificando la fecha de la firma, titulación y número de colegiado.
  • El documento técnico tendrá que estar georreferenciado, en coordenadas UTM, concordantes con la cartografía municipal (GrafCan), debiéndose indicar expresamente de cada finca resultante un cuadro de coordenadas UTM relacionadas con todos sus vértices,
  • Los archivos pdf entregados no pueden estar protegidos.

152,70 € menor o igual a 200 metros.

203,60 € mayor de 200 metros. 

Gerencia Municipal de Urbanismo

  • Servicio de Licencias

Teléfono de Información:

  • 922 013 101

Horario:

  • De lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 horas.
  • junio, julio, agosto y septiembre, de lunes a viernes, de 8:15 a 13:00 horas.

  

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y Espacios Naturales de Canarias.
  • Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por el Decreto 182/2018, de 26 de diciembre.
  • Ordenanza Municipal de Edificación (BOP núm. 153, 22 de diciembre de 2021).
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Tramitación

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo en el lugar y horario indicado en la pestaña 'información'.

Compartir este procedimiento