Reanudación del tracto sucesivo de la finca registral nº 4419 (UA.SO.114 – Llano del Moro)

Por Resolución nº 2204/2026, de 21 de julio de 2026, dictada por la Sra. Consejera Directora de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, se dispuso tomar conocimiento de la Actualización del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación UA.SO.114 del PGOU-05 (antigua unidad de ejecución UE-34), área Llano del Moro, ámbito Suroeste, ficha SO-12, aprobado definitivamente en fecha 14 de noviembre de 2006, suscrita, en fecha 25 de junio de 2026 por el Servicio de Planeamiento y Gestión de la Gerencia Municipal de Urbanismo, para incorporar la correcta identificación de las fincas afectadas por la reparcelación y sus titulares, adecuándolo a la realidad registral existente a la fecha del presente y a las exigencias formales y documentales que determina la normativa de aplicación.
La finca de origen o aportada nº 09 (registral nº 4419) del proyecto de reparcelación consta inscrita registralmente a favor de persona distinta de quien ha justificado en el expediente mejor derecho de propiedad sobre ella, por lo que se procede a reanudar el tracto sucesivo interrumpido mediante la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado y en la página web municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.9.a) del Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 183/2018, de 26 de diciembre, en relación con el artículo 9.2 de las Normas Complementarias al Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobadas por Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio; citando al titular registral, a sus herederos indeterminados y a cualquier otra persona que considere tener derechos sobre la finca, y se comunica la apertura de TRÁMITE DE AUDIENCIA por plazo de QUINCE (15) DÍAS, en los términos del artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado, con el fin de que pueda/n alegar y manifestar lo que estime/n oportuno y presentar los documentos y justificaciones que estime/n pertinentes en defensa de su/s derecho/s.
A tal efecto, durante dicho plazo se podrá consultar y examinar el expediente nº 65/2005, previa solicitud de cita en el teléfono 922 013 101, o a través de la siguiente dirección electrónica: https://www.urbanismosantacruz.es/es/cita-previa
Se advierte que, de no formularse oposición o alegaciones en el plazo concedido, y siempre que no conste oposición por parte del Ministerio Fiscal, se continuará con la tramitación del procedimiento hasta su resolución definitiva, sirviendo el acto que finalmente se dicte de título bastante para la rectificación de la descripción registral, la reanudación del tracto sucesivo y la consiguiente adjudicación e inscripción de la finca de resultado en el Registro de la Propiedad a favor de quien ha justificado en el expediente mejor derecho.
