Autorización para cambiar la titularidad de una Licencia Urbanística o una Comunicación Previa de Obra.

Información

Autorización para, previos los trámites reglamentarios y abono de los tributos correspondientes, le sea concedido el cambio en la titularidad de la  Licencia Urbanística/Comunicación Previa de Obra al interesado. 

El RD 203/2021 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Sede electrónica: https://sede.urbanismosantacruz.es/

 

Oficinas de atención e información ciudadana

Gerencia Municipal de Urbanismo
Avenida Tres de Mayo, 40
38005 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas 

Horario de verano (junio-septiembre):  de lunes a viernes de 8:15 a 13:00 horas

  • Fotocopia D.N.I. / C.I.F.
  • Acreditación de la transmisión mediante documento público.
  • Fotocopia de escritura de constitución de sociedad, si es persona jurídica.
  • Abono de la tasa correspondiente. 

El procedimiento comprende una tasa de 131,20 € 

Se gestiona mediante la modalidad de autoliquidación y tienen el carácter de provisional. No se tramitará el expediente sin que se haya efectuado el pago del mismo, de conformidad con el art. 26,1.b del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La Administración podrá girar liquidación complementaria, una vez comprobados los datos autodeclarados. El pago se hará sin perjuicio de cualesquiera otras autoliquidaciones o liquidaciones tributarias que procediera, debiendo estar al corriente de pago de los derechos tributarios la licencia urbanística / comunicación previa de obras transmitida y depositado cualquier otro derecho de carácter público como aval por urbanización incluido en las obligaciones particulares de la comunicación / licencia urbanística transmitida. 

Gerencia Municipal de Urbanismo

  • Servicio de Licencias

Teléfono de Información:

  • 922 013 101

Horario:

  • De lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 horas.
  • junio, julio, agosto y septiembre, de lunes a viernes, de 8:15 a 13:00 horas.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Artículo 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
  • Adaptación Básica del Plan General de Ordenación Urbana de 1992 al Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias.
  • Art. 166 del texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias.
  • Art. 215 y ss. del Reglamento de Ejecución y Gestión de Sistemas de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 183/2004, de 21 de diciembre.
  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE): Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DBSI).
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Tramitación

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo en el lugar y horario indicado en la pestaña 'información'.

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