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Aclaración sobre el Inicio del Estudio ambiental del PGOU-05 y otros Planes Especiales

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“En relación con la noticia publicada por esta Gerencia Municipal de Urbanismo el pasado lunes, 12 de febrero (Santa Cruz inicia la evaluación ambiental de su Plan General y otros Planes Especiales), y a efectos de evitar posibles confusiones, se aclara que la Junta de Gobierno de la Ciudad, a propuesta del Consejo Rector de esta Gerencia acordó solicitar el inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de la Modificación Menor nº1 del vigente PGOU-05, cuyo objeto es, con carácter general, revisar la redacción de muchos artículos de su normativa que se han quedado desfasados a fin de adecuarlos a la normativa vigente, así como evitar problemas interpretativos, entre otras cuestiones.

Además, en la misma sesión, e igualmente a propuesta del consejo Rector de este Organismo, se acordó dar traslado a la Comisión Municipal de Evaluación Ambiental de los expedientes administrativos del nuevo Plan General de Ordenación, así como de los de los Planes Especiales de Protección de los Conjuntos Históricos del Barrio de Los Hoteles-Pino de Oro y del Antiguo Santa Cruz, cuyo procedimiento de evaluación ambiental estratégica comenzó a tramitarse por el órgano ambiental autonómico, a fin de que, en adelante, sea el órgano ambiental municipal el que continúe con los trámites que procedan.”

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Abierta la Consulta Ciudadana sobre la Modificación Menor nº2 del PGOU-05

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El objeto de la Consulta Pública es relativo los aspectos que ha contener la consulta pública previa no reglada a la ciudadanía para la elaboración de la Modificación Menor nº 2 del PGOU-05 en el ámbito de suelo urbano no consolidado municipal de actuación A, Litoral de Anaga, LA-6, Área Las Teresitas, a cuyos efectos se hace pública la siguiente información, junto con el plano en el que se refleja el ámbito de la modificación.

Antecedentes de interés para la ciudadanía:

El 18 de septiembre de 2009 el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, aprobó una moción acordando la retirada del proyecto que pretendía la urbanización del Frente de Playa de Las Teresitas, lo cual conllevaba necesariamente la modificación del instrumento de ordenación en vigor (esto es, el Texto Refundido de la Modificación del PGOU-92 y Adaptación Básica al Decreto Legislativo 1/2000, -PGOU-05-).

Tras la entrada en vigor del PGO-13, se elaboró un Plan Especial de ordenación para el Frente de Playa, que fue tramitado entre los años 2015 y 2020, a fin de cumplir con la moción plenaria citada.

En el marco de este Plan Especial se sustanció, en el año 2014, un proceso de participación ciudadana, con el objeto de incorporar a dicho plan las visiones y sensibilidades del mayor número posible de agentes implicados, de modo que la ordenación del ámbito lograra satisfacer el interés público, atendiendo a la problemática detectada por dichos agentes y a las principales demandas ciudadanas. Los resultados del proceso participativo se recogieron como anexo en el Plan Especial, que, además, incorporó como contenido específico un análisis de la correspondencia entre la ordenación propuesta y el resultado del proceso participativo, identificando cada idea o tema debatido en dicho proceso con la solución propuesta en el plan.

En resumen, puestas de manifiesto por las personas, asociaciones y demás agentes que participaron en el proceso estaban vinculadas con infraestructuras, dotaciones/equipamientos, acceso a la playa, parking, paseo litoral, paisaje/estética, gestión y accesibilidad.

Sin embargo, pese a que el Plan Especial llegó a su última fase de tramitación, no pudo aprobarse definitivamente a causa de la anulación del PGO-13 al que estaba vinculado.

Así, en fecha 27 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 219 el Acuerdo de la Comisión Autonómica de Informe Único de fecha 2 de octubre de 2020, relativo a la toma de conocimiento de la sentencia judicial que declaró la nulidad del Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife (PGO-13), provocando que volviera a entrar en vigor el PGOU-05.

Ésta es la causa, por tanto, que motiva que se inicie la Modificación Menor nº2 del PGOU-05 en el ámbito de suelo urbano no consolidado municipal de actuación A, Litoral de Anaga, LA-6, Área Las Teresitas, a fin de cumplir con la moción del Pleno de 2009 para dotar al Frente de Playa de una urbanización y servicios que satisfagan el interés público.

Toda vez que se siguen entendiendo plenamente válidas las aportaciones que se hicieron en el proceso participativo sustanciado en 2014, se tendrán en consideración durante la tramitación de esta Modificación Menor sin perjuicio de que se realice otro proceso participativo en el que se puedan actualizar las demandas de la ciudadanía y resto de agentes implicados.

Pueden acceder a la información completa de la Consulta y la propio debate mediante este enlace

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Santa Cruz recurre la sentencia que anuló la ordenanza para ampliar los supermercados

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El Ayuntamiento de la capital ha decidido recurrir la sentencia que anuló la ordenanza provisional que permitía, entre otros aspectos, la implantación de supermercados de mayor superficie en el municipio, de hasta 2.500 metros cuadrados, y que facilitaba la construcción de los denominados hoteles-ciudad. Fue el Gobierno de Canarias el que llevó a los tribunales al Consistorio chicharrero, tras la aprobación de dicha norma municipal, en 2022. El Ejecutivo acusó a Santa Cruz de haber omitido el procedimiento de evaluación ambiental estratégica en la tramitación de la ordenanza y la justicia le dio la razón.

El pasado lunes, 12 de febrero, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento aprobó interponer un recurso extraordinario de casación, a través de la Gerencia de Urbanismo, contra la citada sentencia, que se hizo pública a principios de este año. La edil responsable del área, Zaida González, explica que se ha tomado tal decisión porque así lo recomienda el Servicio Jurídico Municipal. En el informe elaborado al respecto se indica que la sentencia aplica la normativa estatal sin tomar en consideración la normativa autonómica. Asimismo, establece que el instrumento impugnado, es decir la ordenanza provisional, no reclasifica suelo ni produce la transformación del medio, «por lo que no debe someterse a evaluación ambiental estratégica».

En concreto, se trata de la ordenanza provisional elaborada para adaptar el régimen de usos del Plan General de Ordenación (PGO) de 2005 a «determinadas circunstancias sobrevenidas», que fue aprobada el 28 de enero de 2022.

Según explicó en su momento el Ayuntamiento capitalino, esta norma municipal permitía solventar «una serie de problemas» generados por la anulación, por orden judicial, del Plan General (PGO) de Santa Cruz de 2013 y, como consecuencia, por la entrada en vigor del Plan General de 2005, que no es más que una adaptación básica y, por tanto, «limitada», del plan de 1992. Con esta ordenanza provisional, y mientras se elabora el nuevo PGO para el municipio, el Consistorio «favorecía la inversión en Santa Cruz».

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