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Resolución del nombramiento del puesto para "Jefatura de Servicio de Régimen General"

Pleno

El Sr. Consejero Director de La Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife, ha dictado Resolución de fecha 23 de abril de 2021 por la que se aprueba el nombramiento del puesto de "Jefe/a de Servicio de Régimen General" por el procedimiento de libre designación, vacante en la relacion del puesto de trabajo por el Organismo Autónomo de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la que se resuelve el nombramiento del funcionario/a de carrera.

Información completa en el adjunto.

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Rectificación de error material en la Adaptación Básica del PGOU-92 Ficha LS-6

Pleno

Rectificación de error material en la Adaptación Básica del PGOU-92 al Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias. Ficha de Ordenación de la "Unidad de Actuación UA-LS-7 Ficha LS-6, Ámbito La Salle de PGOU-05.

En concreto, examinada la ficha de ordenación de la “Unidad de Actuación UA-LS-7 Ficha LS-6 Área Rascacielos, ámbito La Salle de PGOU-05”, en la Adaptación Básica del PGOU-92 al TR 1/2000 de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, se advierte que en la misma se establece que el “Sistema de actuación es Privado”, si bien en el PGOU-92 en la Unidad de Actuación equivalente, se establecía como Sistema de actuación el de Gestión pública por Cooperación.

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Incoación del expediente de modificación del BIC “Barrio de Los hoteles-Pino del Oro”

Pleno

Resolución de fecha 3 de diciembre de 2020, del Sr. Consejero del Área de Planificación del Territorio, Patrimonio Histórico y Turismo, por la que se decide incoar el expediente de modificación del BIC, con la categoría de Conjunto Histórico, denominado “Barrio de Los Hoteles-Pino del Oro”, según la descripción que figura en el Anexo I que acompaña a la Resolución y según la delimitación gráfica provisional del mismo que se recoge en el Anexo II.

El inicio de este procedimiento de modificación de la delimitación del citado BIC determina la aplicación transitoria del mismo régimen de protección previsto para los bienes ya declarados como de interés cultural y su entorno de protección, y que cualquier intervención o uso a desarrollar en el mismo deberá ser autorizada previamente por el Cabildo Insular.

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