La Comunicación Previa de baja de vado para la entrada y salida de vehículos es el documento mediante el cual las personas interesadas, bajo su responsabilidad, ponen en conocimiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo el cese del aprovechamiento especial del dominio público, es decir, el cese en el uso de la acera o vía peatonal para el acceso de vehículos a un local (garaje o actividad comercial), así como la reposición de la acera y bordillo a su estado original.

Información

La baja de vado se deberá comunicar cuando finaliza el uso o la necesidad del acceso de vehículos a un local, debiendo hacer entrega de la placa identificativa.

La Comunicación Previa de vados para la entrada y salida de vehículos se formalizará, preferentemente, a través del modelo normalizado que se encuentra disponible en las oficinas de atención ciudadana y en la página web de esta Gerencia Municipal de urbanismo, y deberá ir acompañada de la documentación que se exija para cada caso.

Al tratarse de una obra a ejecutar en una vía pública de titularidad municipal, la reposición de la acera y bordillo a su estado original deberá hacerse con la empresa contratista del servicio de mantenimiento de vías públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

A la fecha, la empresa contratista del servicio de mantenimiento de vías públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife es “UTE – Conservación de vía públicas Santa Cruz”.

Teléfono de contacto para la obtención de presupuesto de las obras a ejecutar:

Telf: (922)16 51 13

Móvil: 650 66 47 66/ 699 81 48 20.

Correo electrónico ivelazqueza@dragados.com.

La Comunicación previa no faculta para ejercer actuaciones en contra de la legislación urbanística y el planeamiento vigente.

TRAMITES Y EFECTOS

Para que surta efectos la baja de vado, no se requerirá ninguna autorización municipal expresa.

Una vez comprobado que la documentación y los datos o información que se incorpora a la comunicación previa de baja de vado reúne los requisitos exigidos, se dará conformidad jurídica a la misma en cumplimiento del artículo 28.4 de la vigente Ordenanza Municipal de los Regímenes de Intervención en materia urbanística: Licencias y Comunicaciones Previas.

La puesta a disposición de la conformidad a la persona interesada será previo pago de la tasa de tramitación urbanística y previo pago de la liquidación del Impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

De esa conformidad jurídica se dará traslado a la persona interesada.

Ejecutadas las obras de reposición de la acera y bordillo a su estado original, la persona interesada/promotora de las mismas deberá comunicar su finalización a esta Administración, con indicación expresa de que las obras se han ejecutado con la empresa contratista del servicio de mantenimiento de vías públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Completado el expediente, se dará traslado del mismo al Servicio de Gestión Tributaria, y a la Oficina de Atención Ciudadana de la Gerencia Municipal de Urbanismo  que se pondrá en contacto con el interesado para que haga entrega de la correspondiente placa de vado.

Asimismo, se informará al Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz, que se pondrá en contacto con el interesado para proceder en su caso, al borrado de la señalización de vado permanente (pintado de bordillo).

Personas físicas o jurídicas interesadas. , y deberá ir acompañada de la documentación que se exija para cada caso. 

 

El RD 203/2021 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos.

 

Sede electrónica: https://sede.urbanismosantacruz.es/

 

Oficinas de atención e información ciudadana

Gerencia Municipal de Urbanismo
Avenida Tres de Mayo, 40
38005 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas 

Horario de verano (junio-septiembre):  de lunes a viernes de 8:15 a 13:00 horas

Junto con la declaración responsable el titular adjuntará la documentación que figura en el anexo y debe estar en posesión del resto de la documentación que se indica en el mismo, que deberá poner a disposición del Ayuntamiento cuando éste se la requiera, y en especial, en el momento de las visitas de comprobación o inspección. La documentación a adjuntar será la siguiente:

  • D.N.I. / C.I.F. del solicitante.
  • En caso de que la comunicación se presente a través de representante, documento acreditativo de la representación que ostenta
  • Placa identificativa del vado
  • Reportaje fotográfico de la acera, bordillos y elementos urbanos afectados, en el que se aprecie la reposición a su estado original.
  • Presupuesto de la empresa responsable del servicio de mantenimiento, conservación y mejora de las vías públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, para la ejecución de la reposición de la acera y bordillo, en su caso (actualmnete UTE Conservación Vías Públicas, teléfono: 922165113, teléfono móvil: 650664766, correo electrónico ivelazqueza@dragados.com).
  • En el caso que tenga acceso por carreteras insulares dependientes del Cabildo Insular, autorización del Servicio de Carreteras y Paisaje del Cabildo Insular de Tenerife. para la reposición de la acera y bordillo a su estado primitivo, eliminando el acceso para la entrada y salida de vehículos.
  • Compromiso de la persona interesada a comunicar la finalización de las obras ante este Organismo (apartado 4, del art. 350 de LSENPC´17) y que estas se han ejecutado con la empresa contratista del servicio de mantenimiento de vías públicas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
  • Justificante de haber abonado la tasa por tramitación de expediente, por importe de 26,20 €.

Gerencia Municipal de Urbanismo

  • Servicio de Licencias

Teléfono de Información:

  • 922 013 101

Horario:

  • De lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 horas.
  • junio, julio, agosto y septiembre, de lunes a viernes, de 8:15 a 13:00 horas.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas. 
  • Ordenanza de Edificación
  • Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza de Edificación.
  • Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.
  • Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
  • Resolución del Sr. Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Don Carlos Tarife Hernández relativa al establecimiento de Comunicación previa para la concesión de vados
     

Tramitación

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo en el lugar y horario indicado en la pestaña 'información'.

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