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Admisión a trámite y aprobación inicial de la iniciativa de la UA-SP-4 “Buenavista Baja” mediante el Sistema de Concierto

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Admisión a trámite la iniciativa y la aprobación inicial de la tramitación por el Sistema de Concierto de la Unidad de Actuación “UA. SP 4, del Área de Buenavista Baja, SP-11”, promovida por la entidad PROYECTOS PUENTE ZURITA S.L.U., y sometimiento a información pública.

La Sra. Consejera Directora de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Doña Zaida C. González Rodríguez, dictó, en fecha 27 de febrero, la Resolución nº 602/2026, por la que se dispone la admisión a trámite y aprobación inicial de la iniciativa urbanística promovida por la mercantil PROYECTOS PUENTE ZURITA S.L.U., para la ejecución mediante el Sistema de Concierto de la Unidad de Actuación “UA. SP 4, del Área de Buenavista Baja”.

De conformidad con lo establecido en el art. 76 del DECRETO 183/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión y Ejecución del Planeamiento de Canarias, el  acuerdo  junto con la propuesta de Convenio Urbanístico de Gestión, se pone de manifiesto al público, a efectos de la formulación de las alegaciones que se estimen convenientes en el plazo de UN (1) MES, computado desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. 
 

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Aprobación inicial y apertura de información del Catálogo de Protección de Bienes Patrimoniales

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Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, el 3 de febrero de 2026 ha sido aprobado inicialmente el CATÁLOGO DE PROTECCIÓN DE BIENES PATRIMONIALES CULTURALES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, habiendo sido publicado su anuncio en el BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 22, de 20 de febrero de 2026.

A partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, se abrirá un período de información pública por un plazo de UN MES para presentar las alegaciones que se estimen oportunas, pudiendo consultar el documento completo del Catálogo en esta web de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en su sección de "Planeamiento en Trámite". Simultáneamente, se ha solicitado informe a todas las Administraciones y organismos cuyas competencias puedan resultar afectadas.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 4/2017, de 13 de julio, de Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y en el acuerdo de aprobación inicial, la publicación del anuncio de aprobación inicial en el BOC determina la suspensión del otorgamiento de licencias en los inmuebles incluidos en el Catálogo, por un plazo máximo de dos años. Además de la documentación técnica del Catálogo de Protección, podrá consultarse el listado de inmuebles afectados por dicha suspensión.

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Medidas a adoptar por los titulares de obras en el municipio por la situación de alerta meteorológica adversa 24/2026 PEFMA

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Con fecha del 17 de marzo de 2026, se emite por la Dirección General de Seguridad y Emergencias de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, la declaración de situación de alerta Ref: 24/2026/PEFMA, por fenómeno meteorológico adverso, en la que se describe el pronóstico de la siguiente situación: 

Observaciones: viento de componente W, moderado con intervalos de fuerte, que podrá alcanzar y superar los 70 km/h desde la mañana del miércoles. En la mañana del jueves rolará progresivamente al suroeste, intensificándose, con rachas que ya podrán alcanzar y superar los 90 km/h, y que afectarán principalmente a las zonas expuestas en cumbres, medianías altas y otros lugares donde suele producirse la aceleración del viento.

Se Resuelve: Ordenar, con ocasión de la situación de alerta Ref: 24/2026/PEFMA por fenómeno meteorológico adverso y, mientras dure la misma, la adopción de las siguientes medidas de seguridad por parte de los titulares de obras existentes en el municipio:

  1. Realizar la puesta fuera de servicio de la grúa, especialmente la puesta en veleta de la grúa, desplazarla al lugar de seguridad y amarrarla a la vía si dispone de ella.
  2. Comprobar que el anemómetro funciona correctamente (sonido intermitente con vientos de 50 Km/h y continuo a los 70 Km/h) y suspender el trabajo con la grúa en cuanto el anemómetro emita la señal de aviso de manera continua.
  3. Comprobar que no se coloquen en la estructura de la grúa elementos ajenos a la misma, no autorizados por el fabricante, como carteles en la torre, en la pluma o banderas en la cúspide.
  4. Asegurar andamios, letreros, vallas o cualquier otro elemento que pueda ser arrastrado por el viento.
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